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Ayudas, becas y subvenciones
Vivienda, Subvenciones y ayudas a la vivienda, Rehabilitación
Vivienda y Rehabilitación
Si
Subvenciones para obras de mejora de eficiencia energética en inmuebles, dentro del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del PRTR, financiado por la UNIÓN EUROPEA - NextGenerationEU.
Las subvenciones objeto de esta convocatoria son para actuaciones de mejora de la eficiencia energética, en los edificios de tipología residencial colectiva y en las viviendas unifamiliares, que estén dentro de los siguientes entornos residenciales de rehabilitación programada (ERRP) del Ayuntamiento de A Coruña:
El Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio se enmarca en el Programa del PRTR, destinado a financiar obras de rehabilitación y, conjuntamente, de urbanización de espacios públicos dentro de estos ERRP.
SUBVENCION DEL PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO DEL PRTR, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Desde el 07/06/2025 hasta el 07/07/2025
Estas ayudas están destinadas a las siguientes personas o entidades, que podrán ser consideradas personas beneficiarias de estas ayudas:
No podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas aquellas personas o entidades que estén incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, excepto la de la letra e) de los citados artículos, relativa a la obligación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social, si bien no podrá procederse al pago de la ayuda en tanto no se acredite estar al corriente del cumplimento de dichas obligaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.1 de Real decreto 853/2021 y en el artículo 21.3 de la Resolución IGVS de 8 de julio de 2022.
Los requisitos de las actuaciones para ser consideradas actuaciones subvencionables son, básicamente, los siguientes:
El detalle de estos requisitos está previsto en la convocatoria.
Las personas y entidades solicitantes deberán presentar la solicitud, acompañada de toda la documentación indicada en la convocatoria.
En el momento de presentación de la solicitud se deberá contar con el título habilitante correspondiente, licencia o comunicación previa, o bien con la solicitud del mismo, que recogerá las actuaciones para las que se solicite subvención.
Ninguno
Junta de Gobierno Local o, en su caso, por razón de la cuantía, a la persona titular de la Concejalía Delegada del Área de Urbanismo, Rehabilitación y Vivienda del Ayuntamiento de A Coruña, por delegación de la Junta de Gobierno Local.
La convocatoria y los Anexos estarán disponibles en la sede electrónica municipal y en la BDNS.
Se podrá obtener información sobre estas subvenciones a través de los siguientes medios:
Normativas relacionadas
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP (del 7 de junio al 7 de julio de 2025 ). Pinche aquí para ver en enlace a la publicación en el BOP.
Documentación general:
Documentación general técnica, firmada por persona técnica competente:
Documentación a presentar en el caso de que se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica:
Documentación de justificación de actuaciones:
Documentos relacionados
Cubrir el impreso de solicitud y demás documentación que se indica en el apartado documentación necesaria según corresponda
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar la documentación en el Registro del Ayuntamiento de A Coruña, o en alguno de los lugares de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre (vid apartado Dónde se hace)
No será necesario adjuntar a la solicitud (Anexo I), pues su contenido ya está recogido en el formulario web.
Deberá disponer de certificado digital.
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para completar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=2302
Si Ud. ya presentó prevismente una solicitud y desea aporta nueva documentación, no lo haga a través de este trámite sino a través del procedimiento SUBSANACION SUBVENCION DEL PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO DEL PRTR, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses que se contarán desde el día siguiente la que finalice el plazo para presentar las solicitudes.
Desestimatorio
Subsanación
Durante la tramitación interna de las peticiones se podrá solicitar la presentación de documentacion que no fuera entregada con la solicitud inicial, y que se deberá aportar utilizando el trámite de la Sede SUBSANACION SUBVENCION DEL PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO DEL PRTR, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
Justificación
En su momento habrá que justificar el gasto efectivamente realizado. Esta justificación se realizará a través de este trámite de la sede JUSTIFICACION EJECUCION OBRAS SUBVENCION DEL PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO DEL PRTR, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Recursos
Contra la resolución que se dicte, se podrá interponer:
- Recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña en el plazo de dos meses.
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