Ayuntamiento de A Coruña

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AMEEA2020

Justificación ejecución obras Ayudas para la conservación, la mejora de la eficiencia energética y la accesibilidad en edificios de viviendas

Canales:

Presencial, Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Ayudas, becas y subvenciones

Materia:

Vivienda, Subvenciones y ayudas a la vivienda, Rehabilitación

Órgano responsable:

Vivienda y Rehabilitación

Vigente:

Si

Aportación de la documentación para justificar la ejecución de las obras de la convocatoria de Ayudas para la mejora de la eficiencia energética, la accesibilidad y la conservación en edificios de viviendas, con una antigüedad mayor a 50 años.

Justificación ejecución obras Ayudas para la conservacion, la mejora de la eficiencia energética y la accesibilidad en edificios de viviendas

Inscripciones:

Desde el 10/02/2023

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Las Comunidades de Propietarios y cada uno de los propietarios en proporción a su cuota de participación en el inmueble en las obras sobre los elementos comunes del edificio.

El propietario o el ocupante con autorización de este, en las obras en viviendas.

Los promotores, en el caso de rehabilitación integral de un edificio no ocupado cuando se destine a su domicilio habitual, a entidades benéficas sin fines de lucro, o a viviendas cualificadas como vivienda protegida de régimen general destinada a alquiler protegido.

Requisitos:

Aportar la documetación justificativa

Precio / Coste:

Ninguno

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Urbanismo, Vivienda, Infraestructuras y Movilidad

Presentación

Plazo de presentación:

El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la ejecución y abono de las obras es de 15 días hábiles a contar desde la finalización de la obra objeto de subvención, fijada en la resolución de concesión de la subvención.

Documentación necesaria:

Documentación para la justificación de obras y abono de la subvención

  1. Justificante ejecución de obra (MODELO 05): Justificación de la ejecución de la obra.
  1. Reportaje fotográfico: Reportaje fotográfico que recoja las obras ejecutadas; en el caso de existir dirección técnica, deberá venir firmado por esta.
  2. Memoria económica: Memoria económica justificativa del coste de las actuaciones con la relación clasificada de gastos. A esta memoria deberá acompañarse:
    1. Cuando exista dirección técnica, certificación final de obras ejecutadas indicando el grado de ejecución de las partidas definidas en la documentación técnica inicial, y aquellas otras que debieron introducirse durante su ejecución.
    2. Facturas o documentos de valor probatorio donde conste la identificación de la persona acreedora, su importe y la fecha de emisión.
    3. Justificación del pago, mediante extracto o certificaciones bancarias, selladas y firmadas por la persona o entidad solicitantes.
  1. Memoria técnica: Memoria técnica justificativa de alcanzar los parámetros mínimos establecidos según la intervención propuesta.
  1. En el caso de solicitud referida a la mejora de la eficiencia energética, la memoria deberá incluir el Certificado de Eficiencia Energética del edificio terminado, previamente inscrito en el Registro de Certificados de Eficiencia Energética de Edificios de Galicia.
  1. En el caso de solicitud referida a obras de conservación, la memoria se sustituirá por el Informe de Evaluación de Edificios emitido tras la ejecución, que deberá ser de sentido favorable.

Documentos relacionados

  • Modelo 05 - Justificación de ejecución de obra. Convocatoria municipal 2023 (133 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

Deberá cubrir el Modelo 05 acompañado de la documentación justificativa que proceda. Deberá indicar el nº de expediente, que podrá conocer en el apartado de la Sede Electrónica: Carpeta Ciudadana - Mis expedientes

¿Cómo se hace?:

Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar la solicitud en el Registro del Ayuntamiento de A Coruña, o en alguno de los lugares de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre (vid apartado Dónde se hace)

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado digital.

Una vez cubierta la solicitud telemática (modelo 119-1) debe tener preparados los ficheros que necesite para completar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1382

Teléfono

Después

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