Ayuntamiento de A Coruña

Ayuntamiento de A Coruña

TAXDIS

Subvenciones para el mantenimiento de taxis adaptados a personas con discapacidad

Canales:

Telemático, Presencial

Nivel de tramitacion electronica:

Descarga y envío del formulario

Tipo:

Ayudas, becas y subvenciones

Materia:

Transporte

Vigente:

Si

Es objeto de esta convocatoria otorgar ayudas económicas en régimen de concurrencia no competitiva, cuya finalidad es la financiación de los gastos de mantenimiento y conservación de los taxis adaptados durante el ejercicio 2025, a los titulares de un taxi adaptado para el transporte de personas con discapacidad que dispongan de licencia de taxi en el municipio de A Coruña..

2025 Subvenciones para el mantenimiento de taxis adaptados a personas con discapacidad

Inscripciones:

Desde el 04/11/2025 hasta el 03/12/2025

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Personas físicas y jurídicas que deseen solicitar la subvención y cumplan los requisitos de las Bases.

Requisitos:

Podrán acceder a la condición de beneficiario/a de la subvención las personas y las agrupaciones de personas (físicas y jurídicas), las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, esté válidamente constituida y sea titular de una licencia de taxi adaptado concedida por el Ayuntamiento de A Coruña para el traslado de personas con movilidad reducida o discapacidad.

Precio / Coste:

Ninguno

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Infraestructuras y Movilidad

Más información:

  • El pago de la subvención concedida se realizará previa la justificación de la realización de la actividad o el proyecto para el cual se había otorgado, en los términos previstos en la normativa sobre subvenciones.
  • Cuantía total: 25.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 41.4412.47901
  • El importe global de 25.000, 00 € se dividirá en partes iguales entre todas las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria hasta agotar el crédito existente para esta finalidad, incluidos, en su caso, los importes suplementados a través de modificaciones presupuestarias, y sin que la cuantía concedida a cada una de las beneficiarias pueda superar el importe justificado con las facturas.
  • En caso de que la cantidad asignada mediante este reparto a una o varias personas beneficiarias exceda el límite subvencionable a cada una de ellas, los importes restantes se volverán a dividir a partes iguales entre los/las restantes beneficiarios/as hasta agotar el crédito presupuestario.

Presentación

Plazo de presentación:

De 4 de noviembre a 3 de diciembre de 2025.

Documentación necesaria:

Personas físicas:

  • DNI o NIE de la persona solicitante.

Personas jurídicas:

  • NIF de la entidad solicitante.
  • DNI o NIE de la persona que actúa en nombre de la entidad.
  • Acreditación de la capacidad de la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad solicitante.
  • Estatutos y/o escritura de constitución de la entidad, así como acreditación de la inscripción en el registro correspondiente.

Todos:

  • Solicitud. Anexo I debidamente cubierto y firmado.
  • Anexo III. - relativo a la autorización de la consulta u obtención de datos por parte del Ayuntamiento, cubierto y firmado. Cuando la persona firmante se oponga expresamente a que el Ayuntamiento consulte los datos, deberá presentar los certificados acreditativos de estar al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT, ATRIGA y Ayuntamiento de A Coruña) y frente a la Seguridad Social.
  • Certificación de los datos bancarios de la persona solicitante, con correspondencia exacta con los datos que aporta, en lo que respecta al nombre o denominación social, CIF o NIF y número de cuenta bancaria (en formato IBAN).
  • Acreditación gastos subvencionables:Facturas o documentos de valor equivalente, así como los que acreditan el pago efectivo, referidos a los gastos subvencionables que se hayan realizado en el vehículo adaptado, en los términos y con los requisitos que exige esta convocatoria.

Documentos relacionados

  • Anexo I- Solicitude Taxi Adaptado 2025 (113 KB)
  • Anexo I- Solicitud Taxi Adaptado 2025 (castellano) (114 KB)
  • Anexo II- Documentación en poder do Concello (113 KB)
  • Anexo II- Documentación en poder del Ayuntamiento (castellano) (114 KB)
  • Anexo III- Declaración responsable (103 KB)
  • Anexo III- Declaración responsable (castellano) (105 KB)
  • Anexo IV- Autorización para a obtención de datos da AEAT (91 KB)
  • Anexo IV- Autorización para la obtención de datos de la AEAT (castellano) (92 KB)

Canales de presentación

Presencial

¿Qué se necesita?:

  • Cubrir el impreso de solicitud y demás documentación que se indica en el apartado Documentación necesaria.

¿Cómo se hace?:

En las Oficinas de registro municipales estará disponible el formulario de solicitud, que también podrá descargarlas desde esta página.

También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Internet

¿Qué se necesita?:

  • Deberá disponer de certificado digital.
  • Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
  • En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

  • A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitar

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

El plazo máximo de resolución y notificación de la concesión de las subvenciones es de tres meses, contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición.
  • Recurso contencioso-administrativo.
  • Cualquier otro que se estime procedente.

¿Qué te parece esta sección?

-101-101-101

¡Tienes un navegador demasiado antiguo!

Lo sentimos pero tu navegador es muy antiguo para poder mostrar esta página. Debes de actualizarlo o usar un navegador compatible. Hemos optimizado esta web para Google Chrome, Mozilla Firefox, Opera, Safari y Microsoft Edge. Instalar ahora un navegador compatible

Iniciar sesión