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Ayudas, becas y subvenciones
Vivienda, Subvenciones y ayudas a la vivienda, Rehabilitación
Vivienda y Rehabilitación
Si
Aportación de la documentación para justificar la ejecución de las obras de mejora de eficiencia energética en inmuebles, dentro del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del PRTR, financiado por la UNIÓN EUROPEA - NextGenerationEU.
JUSTIFICACION EJECUCION OBRAS SUBVENCION DEL PROGRAMA DE AYUDA A LAS ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN A NIVEL DE BARRIO DEL PRTR, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Desde el 07/06/2025
Aportar la documetación justificativa
Ninguno
Junta de Gobierno Local o, en su caso, por razón de la cuantía, a la persona titular de la Concejalía Delegada del Área de Urbanismo, Rehabilitación y Vivienda del Ayuntamiento de A Coruña, por delegación de la Junta de Gobierno Local.
Se podrá obtener información sobre estas subvenciones a través de los siguientes medios:
Normativas relacionadas
El plazo para la presentación de la documentación justificativa de la ejecución y abono de las obras es de 15 días hábiles a contar desde la finalización de la obra objeto de subvención.
Documentación de justificación de actuaciones:
Documentos relacionados
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar la documentación en el Registro del Ayuntamiento de A Coruña, o en alguno de los lugares de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre (vid apartado Dónde se hace)
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=2343
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