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Telemático, Presencial
Tramitación electrónica
Recursos humanos
Empleo, Trámites online
Personal y Recursos Humanos
Si
Participación en la convocatoria de provisión de los puestos de trabajo del Ayuntamiento de A Coruña mediante el procedimiento de concurso ordinario.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN: El personal interesado podrá solicitar la participación en el concurso ordinario de provisión de puestos de trabajo.
Concurso Ordinario, C.E. 1/25
Desde el 11/12/2025 hasta el 24/12/2025
Personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de A Coruña, así como el personal funcionario de carrera de otras Administraciones Públicas en aquellos puestos de trabajo ofertados que figuren en la relación de puestos de trabajo (en adelante RPT) abiertos a su ocupación por personal procedente de otras Administraciones Públicas, siempre que reúnan las condiciones y requisitos exigidos en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Estos requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado.
Haber permanecido un mínimo de dos años en el último puesto obtenido con carácter definitivo.
La adjudicación del puesto solicitado a las personas participantes estará condicionada a que cumplan los requisitos de desempeño y ocupación de aquel establecidos en la RPT y alcancen la puntuación mínima exigida en la base 5.
El personal de otras Administraciones Públicas distintas del Ayuntamiento de A Coruña, además de los requisitos anteriores, deberá cumplir los requisitos exigidos en las normas de gestión de la RPT vigentes.
Ninguno
Concejal delegado responsable del Área de Economía y Planificación Estratégica
Normativas relacionadas
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE (del 11 al 25 de diciembre de 2025.
Publicación previa de la convocatoria en otros boletines:
No procede
Deberá disponer de certificado digital .
Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para tramitar dicha solicitud, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".
En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.
A través de esta Sede Electrónica municipal.
En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite, a través de la Sede Electrónica:
a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1202
IMPORTANTE:
Recuerde que, con el envío del formulario al que va a acceder, únicamente está solicitando la participación en el concurso ordinario (NO PROCEDE LA ELECCIÓN DE PUESTOS)
No procede
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio , reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la resolución de este procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa contados a partir del día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta.
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