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Si
Tramitación de ayudas económicas, de carácter individual, para personas con una discapacidad que afecte gravemente a su movilidad y ésta le impida utilizar los transportes públicos colectivos, con la finalidad de proporcionarles un servicio alternativo de taxi para sus desplazamientos.
Bono Taxi convocatoria 2026
Desde el 15/10/2025 hasta el 14/11/2025
Personas con una discapacidad que afecte gravemente a su movilidad y les impida utilizar los transportes públicos colectivos con la finalidad de proporcionarles un servicio alternativo de taxis para sus desplazamientos.
Podrán ser personas beneficiarias aquellas personas con discapacidad reconocida por el organismo competente de la Xunta de Galicia o Administración competente, que afecte gravemente a su movilidad y les impida utilizar los transportes públicos colectivos. Esta condición debe quedar acreditada en el documento administrativo que certifique la discapacidad.
Las personas beneficiarias, además de los previstos con carácter general en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones deberán cumplir los siguientes requisitos:
Ninguno
Titular de la Concejalía de Bienestar Social
El importe global de las subvenciones objeto de esta convocatoria específica es de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 euros), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 51.231.480.06.
El importe global se dividirá a partes iguales entre todas las personas solicitantes que reúnan los requisitos establecidos en la convocatoria sin que la cuantía concedida a cada una de ellas individualmente supere el importe de 1.000,00 €, incluidos, en su caso, los suplementos procedentes de modificaciones presupuestaria.
Normativas relacionadas
De 15 de octubre de 2025 al 14 de noviembre de 2025, ambos incluídos (15.10.2025 a 14.11.2025).
La solicitud de subvención se presentará en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP nº 196 de 14 de octubre de 2025). Se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación de la dicha convocatoria. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo termina el último día del mes.
Documentación obligatoria, en todas las solicitudes
Se considerarán personas miembros computables de la unidad de convivencia los siguientes:
En caso de personas solicitantes menores de edad, la unidad de convivencia a considerar será la formada por sus progenitores o tutores y las restantes hijas e hijos menores de 18 años, o mayores de esa edad incapacitados judicialmente, que convivan en el domicilio.
En la solicitud, la persona solicitante deberá autorizar expresamente al Ayuntamiento de A Coruña para realizar las comprobaciones de los hechos o situaciones cuya acreditación consta en la documentación que se indica a continuación.
Por otro lado, el resto de personas miembros de su unidad de convivencia deberán autorizar expresamente al Ayuntamiento de A Coruña para realizar las comprobaciones de los hechos o situaciones cuya acreditación consta en la documentación que se indica a continuación mediante la cobertura del Anexo I Consentimiento para la consulta de datos.
Documentación que se debe presentar solo en caso de NO autorizarse expresamente la consulta en el formulario de solicitud (modelo normalizado 124):
Persona solicitante:
Todas las personas miembros de la unidad de convivencia (incluido el solicitante):
Aportar la documentación en cualquier oficina de atención en materia de registro
Solicitando cita previa, a la que deberá acudir aportando la documentación solicitada, que le será devuelta tras ser escaneada.
e-DNI o certificado electrónico
Deberá cubrir el formulario web de tramitación e incorporar el modelo 124 debidamente cubierto, y la documentación solicitada en caso de no autorizar expresamente al ayuntamiento para la consulta de datos de otras administraciones, e incorporar la firma electrónica al final del proceso.
https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=2382
El plazo máximo de resolución y notificación de la concesión de las subvenciones es de seis meses, contados a partir de la fecha del acuerdo de incoación.
Sentido del silencio desestimatorio.
Los bonos-taxis serán entregados en soporte papel, por el importe total de la ayuda concedida, y con importes de 0,50 €, 1,00 € y 3,00 €.
Podrán utilizarse desde el momento de la entrega hasta el 31 de diciembre de 2026.
Las ayudas para transporte en taxi son personales e intransferibles. Para favorecer el control de las ayudas:
- Las personas beneficiarias deberán hacer constar su firma en el bono-taxi.
- Los bonos-taxis serán entregados por la persona beneficiaria de la ayuda a la persona titular del taxi, debiendo además exhibir su documento oficial de identificación.
La persona beneficiaria de la ayuda deberá abonar el importe restante hasta la totalidad servicio, resultante de la diferencia entre el valor de los bonos utilizados y el importe total facturado.
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