Ayuntamiento de A Coruña

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REMAC

REMAC - Registro Municipal de Asociaciones de A Coruña.

Canales:

Telemático

Nivel de tramitacion electronica:

Tramitación electrónica

Tipo:

Registros y censos

Materia:

Población y comunidades

Órgano responsable:

Participación Ciudadana

Vigente:

Si

El REMAC es el Registro Municipal de Asociaciones Coruñesas, en el que se puede inscribir cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro de la ciudad.

La inscripción constituye un requisito necesario para el acceso a determinados programas, cursos formativos o ayudas convocados por la Administración Local.

REMAC - Registro Municipal de Asociaciones de A Coruña.

Inscripciones:

Sobre el procedimiento

¿A quién va dirigido?:

Cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida y que tenga su ámbito de actividad dentro de la ciudad de A Coruña.

Requisitos:

  • Haberse constituido previa y legalmente como asociación o entidad sin ánimo de lucro y tener su ámbito de actividad dentro de la ciudad de A Coruña.

Precio / Coste:

Ninguno.

Órgano que resuelve:

Titular de la Concejalía Delegada de Igualdad, Bienestar Social y Participación

Presentación

Plazo de presentación:

Sin plazo.

Documentación necesaria:

  • Solicitud : Solicitud alta en Registro de Asociaciones.
  • Estatutos: Estatutos de la asociación visados por el Registro nacional o autonómico de asociaciones (Único documento a aportar en caso de modificación de la inscripción).
  • Número de inscripción en el Registro nacional o autonómico de asociaciones.
  • Certificación de las personas que ocupan los cargos directivos
  • Certificación del número de personas socias 
  • Presupuesto para el año en curso
  • Programa de actividades para el año en curso 
  • NIF de la asociación
  • DNI del/a presidente/a

Documentos relacionados

Canales de presentación

Presencial

¿Cómo se hace?:

  • Procedimiento de tramitación telemática obligatoria.

Internet

¿Qué se necesita?:

Deberá disponer de certificado electrónico reconocido por la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña.

Una vez cubierta la solicitud telemática debe tener preparados los ficheros que necesite para justificar la subvención que solicita, según se especifica en el apartado "Documentación necesaria".

En el proceso de presentación se le solicitará que firme digitalmente la documentación presentada (deberá disponer de Autofirma en su equipo), por lo que no es recomendable firmar previamente la solicitud u otros documentos.

¿Cómo se hace?:

A través de esta Sede Electrónica municipal.

En aplicación del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, tienen la obligación de realizar este trámite a través de la Sede Electrónica:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica (asociaciones, sociedades civiles, comunidades de propietarios, etc).

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Página web:

Tramitar

Teléfono

Después

Plazo de resolución:

La notificación de la inscripción se hará en un plazo máximo de 15 días desde la solicitud, salvo interrupción por falta de documentación no presentada inicialmente.

Sentido del silencio administrativo:

Desestimatorio

¿Y después?:

Recursos posibles:

  • Recurso potestativo de reposición
  • Recurso contencioso-administrativo
  • Recurso extraordinario de revisión

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